martes, 2 de febrero de 2016

PARITARIAS: El caso bancario

Por Lic. Roberto Coluccio
Gerente de Banco

   Sabemos que las paritarias son “el lugar-momento”, donde se reúnen los representantes de los trabajadores, de las cámaras empresarias y el gobierno, representado por funcionarios del Ministerio de Trabajo, para acordar condiciones laborales, aumentos de sueldos, condiciones laborales, convenios y conflictos, entre otras cosas.

   Hace ya varios años, podría decirse que desde la conflictiva salida de ex Sec. General, Juan José Zanola, que el gremio de los bancarios argentinos (La Asociación Bancaria), viene mejorando el nivel de discusión y maneja los tiempos en forma más eficiente. Su actual conductor. Sergio Palazzo, ha demostrado ser un hábil negociador, pues logró, junto al Consejo Directivo Nacional y a la amplia base trabajadora, representada por las Comisiones Gremiales Internas y las distintas Seccionales, arribar a muy buenos acuerdos salariales, para beneficio de los trabajadores afiliados y no afiliados al Sindicato.

   Por ejemplo en el año 2013, además de conseguir un aumento que superaba la inflación, logró que las patronales “devolvieran” un derecho que había confiscado la dictadura militar. El aporte patronal del 2 %, sobre comisiones e intereses cobrados en todos los bancos, para la Obra Social Bancaria. Representando este aporte un aumento indirecto al bolsillo de los trabajadores y jubilados que hacen uso de dicha obra social.

   Luego en el 2014, logró “romper”, el supuesto techo de 28 %, atribuido al gobierno kirchnerista, mediante un sistema de “redistribución de ganancias” obtenidas por el sector financiero durante ese ejercicio económico. Amparados en el artículo 14 de la Constitución Nacional, que se aplicó por primera vez, de esa forma.

   Con estas acciones y otras, lograron, posicionar al bancario, en el tercer puesto, del ránking de sueldos, detrás de Petroleros y Camioneros.

   Ahora, es nueva etapa, con un gobierno de distinto signo político, y sobre todo con ideas económicas diametralmente opuesta, se interpela a los dirigentes sindicales, de todos los gremios, a adaptarse al “nuevo estilo”, menos proclive a la redistribución de la renta nacional, sin perder la conquistas logradas y el poder adquisitivo de los bolsillos de los trabajadores que representan.

Art. 14 de la Constitución de la Nación Argentina
"El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.

El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna."







En la imagen, el autor de la nota junto al Secretario General de La Bancaria, Sergio Palazzo

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